Sabemos que es un tema que genera controversia, pero no podemos dejar sin respuesta las consultas que nos llegan al Ayuntamiento.
La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de Protección Animal, en su artículo 25, apartado d), establece como infracción: “Dejar animales sueltos o en condiciones de causar daños en lugares públicos o privados de acceso público, especialmente en los parques nacionales, cañadas donde pastan rebaños o animales, u otros espacios naturales protegidos donde puedan causar daños a las personas, al ganado o al medio natural.”
Arija es casi en su totalidad, y especialmente las orillas del pantano, espacio natural protegido, calificado como ZEPA (Zona de Especial Protección para las Aves), LIC (Lugar de Interés Comunitario) y Natura 2000. En consecuencia, llevar animales sueltos es una infracción legal, que el SEPRONA puede sancionar de forma rigurosa.
Nuestro propósito es informar, y tratar de evitar que se produzcan sanciones. El resto es responsabilidad de los propietarios de animales.
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